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Decreto Nº 10250 Por la cual se habilita el Puerto Villeta como único punto de ingreso de los productos agroquímicos y su despacho por la administración de aduana de dicho puerto

Obligación de presentar informes
  • Puntos de ingreso
Fecha de publicación
26-03-2007
Última actualización
28-03-2007
Breve descripción

Habilita al Puerto de Villeta como unico punto de ingreso fluvial de los productos agroquímicos de la partida arancelaria 3808 de la nomenclatura común del MERCOSUR.

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