Decreto Nº 10250 Por la cual se habilita el Puerto Villeta como único punto de ingreso de los productos agroquímicos y su despacho por la administración de aduana de dicho puerto
Obligación de presentar informes
Puntos de ingreso
Fecha de publicación
26-03-2007
Última actualización
28-03-2007
Breve descripción
Habilita al Puerto de Villeta como unico punto de ingreso fluvial de los productos agroquímicos de la partida arancelaria 3808 de la nomenclatura común del MERCOSUR.