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Las normas internacionales relativas a las moscas de la fruta pueden facilitar el acceso a mercados

Posted on Jue, 14 Ene 2021, 17:01

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Viena, 8 de enero 2021. La Secretaría de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) y la División Mixta FAO/OIEA de Técnicas Nucleares en la Alimentación y la Agricultura han desarrollado una infografía animada sobre las normas relativas a las moscas de la fruta. Este vídeo titulado «Las normas internacionales en moscas de la fruta pueden facilitar el acceso a mercados» se ha publicado en seis idiomas (árabe, chino, francés, inglés, ruso y español) y se puede acceder a él en la página http://www-naweb.iaea.org/nafa/resources-nafa/multimedia.html.

La CIPF es un tratado multilateral que facilita la cooperación mundial con el objetivo de proteger los recursos vegetales de las plagas dañinas, como las moscas de la fruta, que se podrían llegar a introducir y dispersar a través del comercio internacional. Las moscas de la fruta presentan retos importantes al comercio internacional debido a que, si son detectadas en frutos, el comercio se puede frenar. Ese es el motivo por el que se elaboró y adoptó un conjunto de Normas Internacionales de Medidas Fitosanitarias (NIMF) sobre las moscas de la fruta. Estas normas están reconocidas por el acuerdo de la Organización de Comercio Mundial (OMC) en las medidas sanitarias y fitosanitarias. Recientemente, se reorganizó el conjunto de normas en moscas de la fruta para hacerlas más accesibles a los países que quieren exportar fruta con seguridad, ya que este conjunto de normas puede ayudar a facilitar el proceso.

Estas normas incluyen las NIMF 37 sobre la «Determinación de la condición de una fruta como hospedante de moscas de la fruta (Tephritidae)». Dicha norma proporciona directrices para la determinación de la condición de una fruta como hospedante de moscas de la fruta tephritid y describe tres categorías de condición de hospedante de dicha fruta para la mosca de la fruta (clasificación de una especie de planta o cultivo como hospedante natural, hospedante condicional o no hospedante para una especie de mosca de la fruta determinada). Incluye metodologías para la vigilancia de la plaga de mosca de la fruta bajo condiciones naturales y ensayos de campo bajo condiciones seminaturales que se deberán utilizar para determinar la condición de hospedante de la fruta para moscas de la fruta y es particularmente útil para casos en el que la condición del hospedante es incierta. ¿Puede una fruta ser hospedante de las moscas de la fruta? Dicho de otro modo, si la fruta no es propensa a las moscas de la fruta, la plaga no puede infectarla y no es hospedante, por lo que puede proseguir directamente para la exportación.

Después vienen las NIMF 16 sobre el «Establecimiento de áreas libre de plagas de moscas de la fruta (Tephritidae)». Esta norma proporciona directrices para el establecimiento de áreas libre de plagas (un área en la que una plaga específica está ausente como se demuestra con evidencia científica y en la que, cuando es oportuno, esta condición se mantiene de manera oficial) en el caso de las moscas de la fruta, de importancia económica, y para el mantenimiento de la condición de área libre de plagas. Si una fruta proviene de un área libre de las moscas de la fruta, entonces también se puede exportar.

Pero si las moscas de la fruta están presentes en el área, entonces el país o área debe aplicar medidas fitosanitarias adicionales para reducir el riesgo de que hospedantes de moscas de la fruta introduzcan la plaga al país importador. Este esquema se refleja en las NIMF 35 «Enfoque de sistemas para el manejo del riesgo de plagas de moscas de la fruta (Tephritidae)». Esta norma proporciona orientación para el desarrollo, implementación y verificación de medidas integradas en un enfoque de sistemas (una opción para el manejo del riesgo que integra diversas medidas, de las que al menos dos actúan de manera independiente, con efecto acumulativo) como una opción para el manejo del riesgo de plagas de moscas de la fruta (Tephritidae), de importancia económica. Esto puede contribuir a facilitar el comercio internacional de productos hospedantes de moscas de la fruta o de minimizar la dispersión de moscas de la fruta reglamentadas dentro de un área. La integración de estas medidas ayudará a reducir el riesgo de plagas en el comercio de fruta a niveles que son aceptables para el país importador, a la vez que se contribuye a garantizar la exportación de frutas de alta calidad.

En resumen, el sistema fitosanitario que rige el comercio es acordado y definido por las partes interesadas, basándose en las NIMF. Esto se realiza a través de un acuerdo bilateral entre las organizaciones de protección fitosanitaria de tanto los países exportadores como importadores. Mediante la aplicación de las NIMF, los países protegen los recursos vegetales de las plagas de moscas de la fruta mientras que, a la misma vez, garantizan la aplicación de medidas justificadas que ayudan a facilitar el comercio seguro.

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